El Sistema de Seguridad
Social Integral vigente en Colombia fue instituido por la Ley 100 de 1993 y
reúne de manera coordinada un conjunto de entidades, normas y procedimientos a
los cuales pueden tener acceso las personas y la comunidad con el fin principal
de garantizar una calidad de vida que esté acorde con la dignidad humana. Hace
parte del Sistema de Protección Social junto con políticas, normas y
procedimientos de protección laboral y asistencia social.
El Sistema comprende
las obligaciones del Estado y la sociedad, las instituciones y los recursos
destinados a garantizar la cobertura de las prestaciones de carácter económico,
de salud y de servicios complementarios, incorporados en la Ley 100 de 1993 y
en otras normas.
La Seguridad Social es
un servicio público obligatorio, cuya dirección, coordinación y control está a
cargo del Estado y es prestado por entidades públicas y privadas. Evita
desequilibrios económicos y sociales que, de no resolverse, significarían la
reducción o la pérdida de los ingresos a causa de contingencias como la
enfermedad, los accidentes, la maternidad o el desempleo, entre otras.
De acuerdo con la Ley
100 de 1993, el Sistema de Seguridad Social Integral en Colombia se compone de
los sistemas de pensiones, de salud y de riesgos laborales y de los servicios
sociales complementarios.
1. Sistema General de Pensiones. El Sistema
General de Pensiones tiene por objeto garantizar a la población, el amparo
contra las contingencias derivadas de la vejez, la invalidez y la muerte,
mediante el reconocimiento de las pensiones y prestaciones determinadas en la
Ley 100 de 1993. También propende por la ampliación progresiva de cobertura a
los segmentos de población no cubiertos con un sistema de pensiones.
Está compuesto por dos
regímenes solidarios excluyentes pero que coexisten. El primero es el Régimen
Solidario de Prima Media con Prestación Definida que es de carácter público y
es administrado por Colpensiones. El segundo es el Régimen de Ahorro Individual
con Solidaridad, que es de carácter privado y es operado por las
Administradoras de Fondos de Pensiones y Cesantías.
2. Sistema General de Seguridad Social en
Salud. El Sistema General de Seguridad Social en Salud tiene por objeto regular
el servicio público esencial de salud y crear condiciones de acceso al servicio
a toda la población, en todos los niveles de atención. Es operado por las
Entidades Promotoras de Salud (EPS) y la prestación del servicio está a cargo
de las Instituciones Prestadoras de Servicios de Salud (IPS)
3. Sistema General de Riesgos Laborales. El
Sistema General de Riesgos Laborales es el conjunto de entidades públicas y
privadas, normas y procedimientos, destinados a prevenir, proteger y atender a
los trabajadores de los efectos de las enfermedades y los accidentes que puedan
ocurrirles con ocasión o como consecuencia del trabajo que desarrollan. Su
financiación proviene de la cotización obligatoria, determinada por el nivel de
ingreso y la clasificación del riesgo. Las Administradoras de Riesgos
Profesionales (ARL) son las entidades responsables de la afiliación, el
registro y el recaudo de sus cotizaciones.
4. Servicios Sociales Complementarios.
(Colombia mayor). Con estos subsidios económicos se busca proteger a las
personas de la tercera edad que se encuentran desamparadas, no cuentan con una
pensión o viven en la indigencia y/o en extrema pobreza. Hoy en día, este
componente se desarrolla a través del Programa Colombia Mayor que otorga un
subsidio económico a las personas mayores de edad con bajos ingresos o que
carezcan de ellos.