Un salario mínimo es la
remuneración a que tiene derecho todo trabajador, con el cual ha de suplir sus
necesidades básicas, tanto suyas como las de su familia.
El objetivo del salario
mínimo es garantizar el cubrimiento de las necesidades básicas en cuanto a
alimentación, educación, salud, vivienda, vestido y recreación de un
trabajador; indudablemente que no cumple con sus objetivos, puesto que con el
valor del salario mínimo no es posible cubrir todas estas necesidades.
El Artículo 146 del Código Sustantivo de Trabajo, establece que para
la fijación del salario mínimo se deben tener en cuenta factores como costo de
vida, las modalidades de trabajo, la capacidad económica de las empresas y las
condiciones de cada región o actividad económica.
PAGOS
QUE CONSTITUYEN SALARIOS
- Remuneración ordinaria, fija o
variable
- Lo que se recibe en dinero o especie
- Como contraprestación directa del
servicio sea cualquiera la forma o denominación como: Primas, sobre sueldos, bonificación
habitual, horas extras, días de descanso, porcentajes sobre ventas o comisiones,
subsidio de transporte.
SALARIO
EN ESPECIE: Toda aquella parte de la remuneración ordinaria permanente
que recibe el trabajador como contraprestación directa como: Habitación y
vestuario.
Debe valorarse
expresamente en todo contrato de trabajo, a falta de estipulación se estimara
parcialmente, no puede constituir más del 50% de la totalidad del salario
VIATICOS:
Los viáticos permanentes constituyen salario en la parte destinada a
proporcionar manutención y alojamiento, siempre que se pague deben
especificarse cada uno de los conceptos.
PROPINAS:
Las propinas que reciben el trabajador no constituyen parte del salario y
pueden pactarse como retribución del servicio pactado.